FIJACION DE REINTEGROS PARA BUQUES PESQUEROS DE BANDERA NACIONAL. FEBRERO 1981. ABRIL 1981




Promulgación: 25/02/1981
Publicación: 12/03/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1981
  •    Página: 297
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   El Instituto Nacional de Pesca previo control de las liquidaciones, las
elevará al Ministerio de Agricultura y Pesca para su conformidad. Este,
cumplida la respectiva verificación, las remitirá al Ministerio de
Economía y Finanzas, quien autorizará la emisión de las órdenes de entrega
correspondientes.
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