REDUCCION DEL GASTO PUBLICO. MISIONES OFICIALES Y COMISIONES EN EL SERVICIO EXTERIOR




Promulgación: 03/03/2000
Publicación: 13/03/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 607

Artículo 4

   No podrá comprometerse por trimestre más de un 25% del crédito
presupuestal asignado a misiones oficiales. En caso de registrarse un
compromiso menor, el saldo no comprometido podrá traspasarse al trimestre
siguiente, excepto a fin de ejercicio en que dicho saldo caducará.-
A solicitud fundada del Inciso respectivo, la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto podrá modificar la distribución trimestral de los créditos
referidos en el inciso anterior.-
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