No podrá comprometerse por trimestre más de un 25% del crédito
presupuestal asignado a misiones oficiales. En caso de registrarse un
compromiso menor, el saldo no comprometido podrá traspasarse al trimestre
siguiente, excepto a fin de ejercicio en que dicho saldo caducará.-
A solicitud fundada del Inciso respectivo, la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto podrá modificar la distribución trimestral de los créditos
referidos en el inciso anterior.-