CAPITULO II
PROGRAMA I: EXPLOTACION DIRECTA DE JUEGOS DE AZAR DE CASINOS Y SALAS DE ESPARCIMIENTO.
Artículo 26
Suprímense a partir de la aprobación del presente Decreto tres cargos de
Técnico I Esc. A Grado 26; cinco cargos de Administrativo III Esc. C Grado
16; catorce cargos de Fiscal III Esc. CC Grado 12; ocho cargos de Técnico
II Esc. D Grado 16; doce cargos de Auxiliar Esc. F Grado 12; catorce
cargos de Especializados II Esc. R Grado 16 y cuarenta y un cargos de
Especializado III Esc. R Grado 12 para atender los costos de las
retribuciones por la creación de los siguientes cargos: un Gerente General
Esc. C Grado 38; un Jefe de Departamento Esc. C Grado 26; dos
Administrativo I Esc. C Grado 22; dos Gerente I Esc. CC Grado 28; siete
Gerente II Esc. CC Grado 24; tres Jefe de Sector Administrativo Esc. CC
Grado 22; veintidós Fiscal I Esc. CC Grado 16; dos Asistente Universitario
Esc. B Grado 24; un Jefe de Sector Técnico Esc. D Grado 26; siete Técnico
I Esc. D Grado 22 y cinco Técnico III Esc. D Grado 12, a efectos de cubrir
las necesidades que se originen por la apertura de por lo menos cuatro
Salas de Juego y el redimensionamiento global que ello significa.