CREACION DEL SISTEMA URUGUAYO DE NORMALIZACION ACREDITACION METROLOGIA Y EVALUACION DE LA CONFORMIDAD (SUNAMEC)




Promulgación: 26/02/2010
Publicación: 11/03/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 490

DEL COMITE NACIONAL DE NORMALIZACION, ACREDITACION Y METROLOGIA

Artículo 7

 Son funciones de El Comité:
a) asesorar al CONNAM en la elaboración de propuestas de políticas de
   calidad a ser elevadas al Poder Ejecutivo, así como en la elaboración
   de los instrumentos normativos necesarios;
b) proponer al CONNAM las medidas necesarias para asegurar el efectivo
   funcionamiento y la credibilidad del sistema creado, actualizándolo
   permanentemente de acuerdo con las pautas prevalecientes en el ámbito
   internacional;
c) cooperar en la planificación, instrumentación y evaluación de las
   acciones necesarias para apoyar las políticas públicas en las que la
   infraestructura de la calidad tenga un papel significativo para mejorar
   la calidad de bienes y servicios;
d) acordar con el Organismo Nacional de Normalización, los programas
   de elaboración de normas o conjuntos de normas específicas, necesarias
   para las políticas públicas, dando seguimiento al desarrollo de los
   acuerdos y administrando los recursos que para cada caso el CONNAM
   asigne;
e) Acordar con el Organismo Nacional de Acreditación, programas de
   acreditación de organismos, necesarios para las políticas públicas,
   dando seguimiento al desarrollo de los acuerdos y administrando los
   recursos que para cada caso el CONNAM asigne;
f) proponer a las autoridades competentes en materia educativa, la
   inclusión de la temática de la normalización, acreditación y metrología
   y de contenidos específicos en los programas de instrucción de los
   distintos niveles, a fin de promover una cultura de calidad en la
   sociedad;
g) asesorar a las autoridades con competencia reglamentadora, cuando
   éstas así lo soliciten, en el uso de las normas técnicas existentes
   como base para la reglamentación técnica;
h) Proponer la planificación anual de actividades al CONNAM y
   supervisar el desarrollo de los programas y proyectos acordados con el
   Consejo, administrando los recursos que en cada caso se asignen;
i) Proponer al Instituto Nacional de Metrología la adquisición y
   actualización de los patrones o materiales de referencia que sean
   necesarios para sustentar el Sistema.

                 

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 9.
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