DETERMINACION DEL PLAZO RELATIVO A LA INFORMACION DE LAS PARTICIPACIONES PATRIMONIALES AL PORTADOR DE ACUERDO A LA LEY 18930




Promulgación: 13/03/2013
Publicación: 20/03/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 439

Artículo 2

 (Sanción). El incumplimiento de dicha obligación dará lugar a la
imposición de una multa de 25 UR (veinticinco Unidades Reajustables),
aplicándose a tales efectos el mismo procedimiento establecido por el
artículo 5° del Decreto N° 335/990, de 26 de julio de 1990, con la
redacción dada por el artículo 1° del Decreto N° 486/001, de 5 de
diciembre de 2001.-
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