(Transitorio). En caso que las sociedades anónimas hayan realizado las
publicaciones referidas en el artículo 1 del presente Decreto, previamente
al vencimiento del plazo establecido el artículo 20 del Decreto N° 247/012
de 2 de agosto de 2012 y sus modificaciones, el plazo de 60 (sesenta) días
corridos se contará a partir de dicho vencimiento.-