APROBACION DE REESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE PROGRAMAS PRESUPUESTALES. DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA




Promulgación: 28/12/1988
Publicación: 13/06/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 1217
Referencias a toda la norma

Artículo 11

   Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, los
funcionarios presupuestados o contratados que revisten en los tres grados
superiores del escalafón y serie correspondiente existente, en la
Dirección General Impositiva en el momento de su designación y con
independencia de su ubicación dentro del grado, podrán ser designados
encargados de las Unidades que a continuación se relacionan:

- En la Dirección General:
Secretaría Técnica General
Estudios Económicos.

_ En la Dirección de Recaudación:
Secretaría Técnica
Ingresos Tributarios
Certificados
Control Especial de Empresas (CEDE)
Convenios y Facilidades.

_ En la Dirección Técnico Fiscal:
Secretaría Técnica
Asesoría Fiscal
Asesoría Letrada
Gestión Judicial de Cobro
Escribanía

- En la Dirección de Fiscalización:
Auditoría Externa 4
Auditoría de Oficina
Auditoría del Sector Agropecuario.

- En la Dirección de Administración:
Tesorería
Contrataciones y Suministros
Intendencia
Contaduría
Administración de Documentos.

- En la Dirección de Sistemas de Apoyo:
Informática
Capacitación
Secretaría Técnica
Organización y Métodos.

    El escalafón y serie correspondiente es el que surge indicado para
cada una de las  Unidades relacionadas en los artículos 6º y 7º del
presente Decreto.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 13.
Referencias al artículo
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