IMPUESTO ESPECIFICO INTERNO. BEBIDAS NACIONALES E IMPORTADAS. ENERO JUNIO 1989




Promulgación: 28/12/1988
Publicación: 23/06/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 1231

Artículo 4

  Fíjanse para los cigarrillos importados el precio ficto, tasa e impuesto
que se detallan a continuación a efectos de la liquidación del Impuesto
Específico interno correspondiente al semestre enero - junio de 1989.

Origen                  Ficto   Tasa   Impuesto

                          N$      %      N$

Países no limítrofes    660,0    60  396,0
Países limítrofes       429,00   60  257,000
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