IMPUESTO ESPECIFICO INTERNO. BEBIDAS NACIONALES E IMPORTADAS. ENERO JUNIO 1989




Promulgación: 28/12/1988
Publicación: 23/06/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 1231

Artículo 6

    Fíjase para los cigarrillos comprendidos en el decreto 276/985 de 3 de
julio de 1985, el precio ficto, tasa e impuesto que se detallan, a efectos
de la liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente al
semestre enero-junio de 1989.

                                  Ficto    Tasa    Impuesto
                                    N$      %        N$

Cigarrillos decreto 276/985        165,00   60     99.00
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