La Dirección Nacional de Recursos Acuáticos en un plazo no mayor a los
cinco días hábiles a partir de la recepción del Proyecto por el Director
Nacional, lo comunicará a las organizaciones más representativas de los
tripulantes (trabajadores y capitanes), las que a su vez, dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, a partir del inmediato siguiente a su
recepción para realizar las consideraciones que consideren pertinentes.