En el ejemplar que debe devolver al viticultor el bodeguero deberá
constar:
A) El peso de la uva recibida, discriminando por variedad y comprobado
en el momento de recibo;
B) Grado glucométrico de dicha uva;
C) Fecha de recepción de la uva.
Si el bodeguero se niega a devolver firmado el ejemplar del
certificado-guía en la forma prevista por este artículo, la uva
correspondiente al envío no le será computada como respaldo de vino
elaborado.