APROBACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS DE LA COMISION MIXTA DEL PALMAR Y COMISION TECNICA MIXTA DE SALTO GRANDE. EJERCICIO 1981




Promulgación: 10/03/1981
Publicación: 01/04/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1981
  •    Página: 414
Referencias a toda la norma

Artículo 12

   El Poder Ejecutivo podrá autorizar, a solicitud fundada del respectivo
jerarca y con el informe previo de la Secretaría de Planeamiento,
Coordinación y Difusión, la incorporación de proyectos no previstos o la
ampliación de proyectos ya existentes en el Plan de Inversiones, que se
financien con cargo a donaciones, traslaciones de bienes y transferencias
destinadas a inversiones.

   El producido de la venta de todo tipo de activos, se podrá destinar a
cualquier inversión que se incluya en el Plan de Inversiones. Los fondos
respectivos deberán ser acreditados en la cuenta 217 "Cuentas Corrientes
Oficiales" en la subcuenta correspondiente.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 15.
Referencias al artículo
Ayuda