Los jerarcas de los incisos deberán elevar a la Secretaría de
Planeamiento, Coordinación y Difusión antes del 20 de junio de cada año,
la formulación y evaluación financiera y socio-económica de los proyectos
de inversión que estimen incorporar en el Plan de Inversiones Públicas del
año siguiente.
El cumplimiento del trámite respectivo comienza a regir a partir del año
1981, de acuerdo con las instrucciones que oportunamente comunique la
Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión.