REGLAMENTACION DE LA LEY 19.677, QUE REFIERE A LAS TAREAS DE VIGILANCIA Y APOYO A ORGANISMOS CON JURISDICCION Y COMPETENCIA EN ZONA FRONTERIZA Y DEROGACION DEL DECRETO 412/019
La coordinación de las tareas de vigilancia, así como de apoyo a los otros organismos del Estado con jurisdicción y competencia en la "zona fronteriza", será realizada por el Estado Mayor de la Defensa a través de un Centro de Coordinación de Operaciones, que asegurará:
a) enlace integrado permanente entre los Centros de Comando y Control de cada Fuerza;
b) el enlace con los otros organismos del Estado para coordinar los apoyos a realizar;
c) enlace de inteligencia con los otros organismos competentes a través de la Dirección de Inteligencia Estratégica;
d) el enlace con la Fiscalía General de la Nación y el Ministerio del Interior para la coordinación del seguimiento de la aplicación de los procedimientos previstos en el presente Decreto.