FARMACIAS. ACTIVIDADES FARMACEUTICAS. ANEXO. DECRETO REGLAMENTARIO PARA FARMACIAS HOMEOPATICAS




Promulgación: 26/01/1988
Publicación: 21/04/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 45
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.703 de 11/01/1985 artículo 9.

Artículo 2

  Las Farmacias Homeopáticas tendrán un Director Técnico Químico
Farmacéutico, quien controlará la elaboración de los preparados
homeopáticos, siendo responsable de la pureza y legitimidad de los
productos que se empleen en la elaboración de los preparados cualesquiera
sea el origen de ellos, así como de la justeza y corrección de sus
técnicas de preparación.
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