Reglamentario/a de: Código Aduanero de 19/09/2014 artículo 162.
(Derogaciones).- Deróganse los artículos 1 y 2 del Decreto N° 322/03, de 6 agosto 2003, los artículos 1 al 12, 15, 16 y 17 del Decreto N° 920/988, de 30 de diciembre de 1988, y toda otra disposición que se oponga a lo dispuesto en el presente.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 13 (vigencia).