REGLAMENTACION DEL ART. 162 DE LA LEY 19.276, RELATIVO A LOS CONTROLES DE ENTRADA, PERMANENCIA Y SALIDA DE MERCADERIAS Y PERSONAS EN ZONAS FRANCAS




Promulgación: 20/03/2015
Publicación: 27/03/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Código Aduanero de 19/09/2014 artículo 162.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   (Coordinación). Sin perjuicio de los cometidos específicos de la Dirección Nacional de Aduanas y del Área Zonas Francas de la Dirección General de Comercio, ambos organismos actuarán en directa coordinación para el mejor cumplimiento de sus cometidos.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 13 (vigencia).
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