Lapso de las solicitudes. En las solicitudes de información se deberá
indicar:
a) Registro o Secciones por los que se solicita información.
b) Período que se solicita, para aquellas inscripciones no sujetas a
caducidad, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 43 de la
ley que se reglamenta.
En los Registros de la Propiedad, si no se indicare dicho período, la
información se limitará al último titular registral.
Los Registros brindarán información de las inscripciones vigentes,
pudiendo extenderse a las no vigentes si el interesado justificare
fundadamente las razones de su solicitud.