REGLAMENTACION DE LA LEY 16.871, LEY DE REGISTROS PUBLICOS




Promulgación: 21/04/1998
Publicación: 28/04/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 669
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.871 de 28/09/1997.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - REGISTRO DE LA PROPIEDAD

Artículo 8

   Creación de Secciones y Localidades Catastrales. Las nuevas secciones y
localidades catastrales que se crearen en lo sucesivo, se asignarán entre
los Registros que existieren a la fecha de entrada en vigencia del
presente decreto.
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