Declárase con carácter interpretativo (artículos 12 y 13 del Código
Civil) que el impuesto establecido por el artículo 25 de la ley 15.294, de
23 de junio de 1982, no es de aplicación en el caso de instituciones o
entidades privadas que gozan de exoneraciones tributarias de origen legal.
GREGORIO C. ALVAREZ - RAMON N. MALVASIO - JULIO CESAR RAPELA - CARLOS A. MAESO - LIONEL O. RIAL - JUSTO M. ALONSO - NEDER E. COSTA - FRANCISCO D. TOURREILLES - FILIBERTO GINZO GIL - LUIS A. GIVOGRE - CARLOS MATTOS MOGLIA - ENRIQUE V. FRIGERIO