SEGURIDAD SOCIAL. PASIVIDADES




Promulgación: 10/04/1981
Publicación: 23/04/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1981
  •    Página: 701
Referencias a toda la norma

Artículo 1

  La opción prevista en el artículo 83 del Acto Institucional 9, de 23 de
octubre de 1979, no podrá ser ejercida por los afiliados de la Caja de
Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios con respecto a su
régimen, por aquellos que invoquen fecha de cese posterior al 30 de abril
de 1981. (*)

APARICIO MENDEZ - CARLOS A. MAESO
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