Fecha de Publicación: 30/12/1983
Página: 471-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 05/01/1984, 12/01/1984, 10/02/1984.

Artículo 102

   Extiéndese al personal contratado la suspensión en el ejercicio de la
función cuando se encuentre en la situación prevista por la ley 14.622, de
24 de diciembre de 1976, y en la dispuesta en el artículo 100 de la
presente ley.

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