MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 05/01/1984, 12/01/1984, 10/02/1984.
Deróganse los artículos 19 y 20 de la ley 14.867, de 24 de enero de 1979, y 105 de la ley 15.167, de 6 de agosto de 1981.