Fecha de Publicación: 30/12/1983
Página: 471-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 05/01/1984, 12/01/1984, 10/02/1984.

Artículo 21

   El crédito del Renglón 0.6.1.303 del Programa 1.01 "Administración
General" podrá ser utilizado para atender el pago de "Prima a la
Eficiencia" de funcionarios que revistan indistintamente en los Programas
1.01 y 1.02 de dicho Inciso.
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