Autorízase a la Secretaría del Ministerio de Educación y Cultura, Programa 1.01 y al SODRE, Programa 1.11 a contratar personal artístico, intelectural, periodístico y técnico, sean o no funcionarios del Organismo, mediante el pago de cachet con cargo al Rubro 3 según lo determine la reglamentación que apruebe el Poder Ejecutivo.