Fecha de Publicación: 30/12/1983
Página: 471-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 05/01/1984, 12/01/1984, 10/02/1984.

Artículo 46

   Créanse en el Programa 1.01 "Administración Central" la Escuela
Nacional de Artes Plásticas y Visuales, con los cargos siguientes:
1 cargo de Director, Escalafón Be, con una retribución mensual de N$
12.500.00 (nuevos pesos doce mil quinientos); 1 cargo de Subdirector,
Escalafón con una retribución mensual de N$ 8.000.00 (nuevos pesos ocho
mil); 9 cargos de Profesores de Taller Escalafón Be, 12 horas semanales,
con una retribución mensual de N$ 6.000.00 (nuevos pesos seis mil) cada
uno, 5 cargos de Profesores, Escalafón Be, de 4 horas semanales de labor,
con una retribución mensual de N$ 2.000.00 (nuevos pesos dos mil) cada
uno.
   La Contaduría General de la Nación, adecuará las categorías y grados de
los cargos del Escalafón docente, de acuerdo a los niveles de retribución
dispuestos por esta norma.

                INCISO 12 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
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