Decláranse de particular confianza los siguientes cargos,
correspondientes a los Incisos del Presupuesto Nacional:
Inciso Organismo Cargo
1 Consejo de Estado y Secretarios del Consejo de
Dirección General de los Estado (ley 14.367 de 30 de abril
Servicios Administrativos de 1975).
del Poder Legislativo.
Director de Administración.
2 Presidencia de la - Director General de Secretaría de
República Planeamiento, Coordinación y
Difusión.
- Director Nacional de Relaciones
Públicas (artículo 15 de la
ley 14.985 y decreto 265/981
artículo 1º).
- Director de la Dirección General
de estadística y Censos (artículo
115 de la ley 13.835).
4 Ministerio del Interior - Director General de Secretaría
(artículo 145 de la ley 12.802).
5 Ministerio de Economía y - Director General de Secretaría
Finanzas. (artículo 145 de la ley 12.802).
- Director de Zonas Francas
(artículo 44 de la ley 14.985).
- Contador General de la Nación
(artículo 145 de la ley Nº 12.801).
- Tesorero General de la Nación
(artículo 308 de la ley 13.737).
- Inspector General de Hacienda
(artículo 145 de la ley 12.802).
- Director General de Rentas
(artículo 145 de la ley 12.802).
- Director Nacional de Aduanas
(artículo 145 de la ley 12.802).
- Director General de Loterías y
Quinielas (artículo 248 de la
ley 14.189).
- Director General de Catastro
Nacional (artículo 145 de la
ley 12.802).
- Director Nacional de Subsistencias
(artículo 45 de la ley 15.167).
- Director General de Comercio
Exterior (artículo 15 de la ley
14.985).
- Director Nacional de Costos, Precios
e Ingresos (artículo 15 de la ley
14.985).
6 Ministerio de Relaciones - Director General de Secretaría
Exteriores. (artículo 145 de la ley 12.802).
- Director de Política Exterior.
7 Ministerio de Agricultura - Director General de Secretaría
y Pesca. (artículo 145 de la ley 12.802).
8 Ministerio de Industria y - Director General de Secretaría
Energía. (artículo 145 de la ley 12.802).
- Director Nacional de Turismo
(artículo 308 de la ley 13.737).
- Director Nacional de Energía
(artículo 208 de la ley 14.416).
- Director Nacional de Industrias
(artículo 208 de la ley 14.416).
- Director Nacional de Minería y
Geología.
10 Ministerio de Transporte - Director General de Secretaría
Obras Públicas. (artículo 145 de la ley 12.802).
- Director de Vialidad (artículo 343
de la ley 14.189).
- Director de Hidrografía (artículo
343 de la ley 14.189).
- Director de Arquitectura (artículo
343 de la ley 14.189).
- Director de Topografía (artículo
15 de la ley 14.985).
- Director Nacional de Transporte
(artículo 308 de la ley 13.737).
11 Ministerio de Educación y - Director General de Secretaría
Cultura. (artículo 145 de la ley 12.802).
- Director General Docente de
Biblioteca Nacional (artículo 256
de la ley 14.252).
- Director de Educación (artículo
256 de la ley 14.252).
- Director de Cultura (artículo 256
de la ley 14.252).
- Consejero Presidente del Servicio
Oficial de Difusión Radioeléctrica
(artículo 1º de la ley 9.638).
- Consejeros del Servicio Oficial de
Difusión Radioeléctrica (artículo
1º de la ley 9.638).
- Presidente de la Comisión Nacional
de Educación Física.
- Presidente del Consejo del Niño
(artículo 15 de la ley 14.985).
- Director Nacional de Correos
(artículo 36 de la ley 13.318).
- Director del Museo de Artes
Plásticas (artículo 256 de la ley
14.252).
- Director del Museo Histórico
Nacional
12 Ministerio de Salud Pública - Director General de Secretaría
(artículo 145 de la ley 12.802).
- Director General de Salud (artículo
279 de la ley 14.416).
- Directores de Operaciones
(Montevideo e Interior).
- Directores Departamentales de
Salud.
13 Ministerio de Trabajo y - Director General de Secretaría
Seguridad Social (artículo 145 de la ley 12.802).
- Inspector General de Trabajo
Seguridad Social (artículo 308 de
la ley 13.640).
- Director Nacional de Trabajo.
- Director Administrativo del
Instituto Nacional de Alimentación
(artículo 2º de la ley 14.724).
15 Ministerio de Justicia - Director General de Secretaría
(artículo 145 de la ley 12.802).
18 Corte Electoral - Director de la Oficina Nacional
Electoral (artículo 4º del Acto
Institucional Nº 6).
25 Consejo Nacional de - Vice Rector del Consejo Nacional
Educación de Educación (artículos 202 a
205 de la Constitución de la
República y artículo 15 de la ley
14.101).
- Presidente del Consejo Nacional
de Educación Primaria (artículos
202 a 205 de la Constitución
la República).
- Director General del Consejo de
Educación Secundaria (artículos
202 a 205 de la Constitución de
la República).
- Presidente del Consejo de
Educación Técnico - Profesional
(artículos 202 a 205 de la
Constitución de la República).
26 Universidad de la República - Decanos Interventores de las
Facultades (decreto 921/973).
- Director del Hospital de Clínicas
(artículo 445 de la ley 14.189).
- Director General de Secretaría
(artículo 445 de la ley 14.189).
- Secretario Técnico del Rector
(artículo 445 de la ley 14.189).