Fecha de Publicación: 01/11/1984
Página: 86-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 2

   Los titulares de los cargos de particular confianza a que refiere el
artículo 445 de la ley 14.189, de 30 de abril de 1974, tendrán el derecho
a optar de conformidad a lo dispuesto por el artículo 67 de la Ley
Especial Nº 7, de 23 de diciembre de 1983, quedando comprendidos en el
artículo 145 de la Ley 12.802, de 30 de noviembre de 1960.
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