CONSEJO DE MINISTROS
Son ilícitas las conductas de los funcionarios públicos que perturben la prestación del servicio por ocupación de los lugares de trabajo, paros, trabajo a reglamento o a desgano y actos similares que transgredan el orden disciplinario funcional, lo que, de acuerdo a la gravedad de los hechos, determinará la aplicación de las sanciones que correspondan.Ayuda