Ver vigencia: Ley Nº 10.756 de 27/07/1946 artículo 33.
Artículo 22
Se autoriza la emisión de títulos que se denominarán "Deuda
Interna 2,25% 1941" hasta la suma de $ 15:473.881.38 valor nominal, que
gozarán del 2,25% de interés anual y de la amortización anual suficiente para rescatar la deuda en quince años. El servicio de intereses y amortización se efectuará anualmente y se iniciará en el ejercicio 1941.