Cumplidas las formalidades y trámites exigidos, la Dirección de la
Propiedad Industrial resolverá las solicitudes a las que no se hubiera
deducido oposición o denuncia, por terceros interesados o por los asesores
intervinientes.
Mediando oposición o denuncia, el expediente se elevará informado al
Ministerio de Industrias y Trabajo para su resolución.
Resuelta favorablemente la solicitud de patente, la Dirección de la
Propiedad Industrial expedirá a nombre del Gobierno de la Nación el título
respectivo que consistirá en un certificado de la resolución acompañado del duplicado de las descripciones y reivindicaciones aprobadas y de los dibujos -si los hubiere- que al efecto entregará al interesado.
Previamente a la expedición del título se repondrá o complementará cada
una de sus fojas con sellados hasta el valor de un peso ($ 1.00) por foja.