El titular de una patente de perfeccionamiento, mientras esté en
vigencia la principal no podrá explotar libremente su invento sin que
medie previo acuerdo con el propietario de ésta. Si el acuerdo no se produjere, el titular del perfeccionamiento podrá obtener una licencia obligatoria de la patente principal, aun cuando no concurra ninguna de las causales prevista en el artículo 10. Una licencia obligatoria de la patente de perfeccionamiento, podrá igualmente obtener, en las mismas circunstancias, el titular de la patente principal, cuando ésta presente una importancia superior a aquélla.
TITULO V
Transmisión de las patentes