Fecha de Publicación: 31/12/1941
Página: 465-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Ley 

Se autoriza una suma de ampliación de la "Deuda Edificios Públicos", destinada a la construcción, ampliación, etc., de edificios escolares.

Poder Legislativo.

 El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                               DECRETAN:

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo para emitir una nueva serie de la "Deuda Edificios Públicos", por valor de tres millones de pesos ($ 
3:000.000.00) que se destinará a construcción, ampliación y reparación de edificios escolares y a la adquisición de terrenos para esas construcciones. Esa deuda devengará el interés del cinco por ciento (5%) anual y tendrá una amortización acumulativa de uno por ciento (1%), también anual, a cargo de Rentas Generales.

BALDOMIR. - JAVIER MENDIVIL. - CYRO GIAMBRUNO. - ARSENIO M. BARGO.
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