Fecha de Publicación: 17/01/1942
Página: 105-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 17

   La Comisión Nacional de Educación Física incorporará a su presupuesto técnico-docente, con la categoría que corresponde a los Profesores de 2ª, a los egresados de la Escuela Superior de Educación Física, correspondientes al curso 1941.
   El 50 % del importe que demande el pago de los sueldos correspondientes será reintegrado a Rentas Generales con cargo a los fondos previstos por el artículo 11 de la ley de 1.o de Diciembre de 1939.

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