MINISTERIO DE HACIENDA
Autorízase al Poder Ejecutivo para modificar las denominaciones de los cargos a que hace referencia la primera parte del artículo 26 y del artículo 34, ajustándolas a las nuevas dotaciones y a las categorías y grados que correspondan, de acuerdo con el artículo 91 de la ley de Ordenamiento Financiero.Ayuda