Fecha de Publicación: 17/01/1942
Página: 105-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 35

   Autorízase al Poder Ejecutivo para modificar las denominaciones de los cargos a que hace referencia la primera parte del artículo 26 y del artículo 34, ajustándolas a las nuevas dotaciones y a las categorías y grados que correspondan, de acuerdo con el artículo 91 de la ley de Ordenamiento Financiero.
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