Fecha de Publicación: 18/08/1944
Página: 278-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Ley

Se dispone la construcción de un puente frente a la ciudad de Mercedes, fijándose los recursos para las obras e incluyéndose en áquellos un cobro de peaje.

Poder Legislativo.

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                             DECRETAN:

Artículo 1

   Determínase por la presente ley la construcción de un puente sobre el río Negro frente a la ciudad de Mercedes, que servirá de enlace entre los 
tramos de la carretera nacional Nº 2 Cardona-Mercedes-Fray Bentos, separados por el curso inferior del expresado río.

AMEZAGA.- TOMAS BERRETA.- HECTOR ALVAREZ CINA.
       


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