Fecha de Publicación: 18/08/1944
Página: 278-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 6

   Estarán exonerados del pago de peaje las personas que transiten a pie, a caballo o en bicicleta y la circulación correspondiente a servicios 
oficiales de carácter militar y policial, y de asistencia médica y de 
vialidad. Las máquinas agrícolas tendrán también libre acceso al Puente.
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