Fecha de Publicación: 29/12/1945
Página: 414-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Ley

Se crea la Caja de Compensaciones por desocupación en las barracas y depósitos de consignación de lanas y cueros, y similares. (*)

Poder Legislativo

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General, 

                                    DECRETAN:

Artículo 1

   Créase la Caja de Compensaciones por desocupación en las barracas y depósitos de consignación de lanas y cueros, lavaderos de lanas, 
establecimientos de desemillado de lanas y peladeros de cueros lanares, 
que afiliará a todo el personal no remunerado por sueldo mensual que preste servicios en dichos establecimientos.

AMEZAGA.- RAFAEL SCHIAFFINO.- HECTOR ALVAREZ CINA.- DANIEL CASTELLANOS.


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