Fecha de Publicación: 29/12/1945
Página: 414-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Artículo 2

   Dicha Caja funcionará en carácter de servicio descentralizado, siéndole aplicables las disposiciones de la ley número 10.562, de 12 de Diciembre de 1944, que creó la Caja de Compensaciones por Desocupación en la 
Industria Frigorífica, en todo aquello que no se oponga a la presente ley.
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