Fecha de Publicación: 05/12/1946
Página: 457-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 6

   En las inscripciones que se efectúen en el Registro General de Poderes se abonarán por derechos $ 3.00 y además $ 2.00 para papel sellado.
   Los certificados que expida el mencionado Registro se extenderán en 
sellados de $ 1.00.
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