A los obreros que inicien los trámites jubilatorios por imposibilidad física, la Caja les servirá una compensación por un plazo precario, previo convenio con el Instituto de Jubilaciones, que reintegrará a la Caja los importes que se hayan acumulado a favor del jubilado. La Caja estimará el monto a servir durante ese plazo, de acuerdo con la probable jubilación que pueda corresponder al beneficiario. En caso de que el monto acumulado
exceda a las compensaciones servidas, dicho excedente será entregado al
interesado. En el caso contrario, la Caja de Compensaciones se hará cargo de la diferencia.