Fecha de Publicación: 05/01/1948
Página: 20-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Ley 

Se aplica el sistema jubilatorio de los funcionarios escolares al personal docente de Educación Física

Poder Legislativo.

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                               DECRETAN:

Artículo 1

   El personal docente de Educación Física de toda la República se jubilará de acuerdo con las normas de la ley número 10.014 de 23 de mayo
de 1941, y demás aplicables a los funcionarios escolares docentes.

BATLLE BERRES. - FRANCISCO FORTEZA.
Ayuda