Fecha de Publicación: 25/06/1948
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 3

   El personal con cargo al rubro 2.07 -Limpieza y Aseo- (partida 204) del ítem 15.01 (Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal) y el que 
desempeña iguales funciones en las otras reparticiones públicas 
comprendidas en las disposiciones de esta ley, tendrán una asignación mínima mensual de cincuenta pesos (pesos 50.00).
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