Ley
Se prorrogan los beneficios sobre préstamos de semillas de trigo.
Poder Legislativo.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Prorróngase para las siembras del corriente año, las leyes del 22 de abril de 1947 y la del 12 de mayo de 1948 sobre préstamos de semilla de trigo a los agricultores que lo soliciten.
Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 17 de mayo de
1949.
CESAR MAYO GUTIERREZ, Presidente. - José Pastor
Salvañach, Secretario.
Ministerio de Ganadería y Agricultura.
Ministerio de Hacienda.
Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social.
Montevideo, 19 de mayo de 1949.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el
Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE BERRES. - LUIS ALBERTO BRAUSE. - LEDO ARROYO TORRES. - OSCAR SECCO ELLAURI