Ley
Se amplía la emisión de una Deuda para la ampliación y terminación del Aeropuerto Nacional de Carrasco y se crean impuestos para determinados servicios del mismo.
Poder Legislativo.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1
Amplíase en $ 8:600.000.00 (ocho millones seiscientos mil pesos), valor nominal, la Deuda "Construcción del Aeropuerto Nacional de Carrasco",
autorizada por el decreto-ley Nº 10.186, de 3 de julio de 1942, con
destino a ampliación y terminación del referido Aeropuerto.
BATLLE BERRES. - FRANCISCO S. FORTEZA. - NILO R. BERCHESI. - JOSE ACQUISTAPACE.