Fecha de Publicación: 12/11/1951
Página: 165-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 10

   Queda autorizada la Corte Electoral, para adoptar todas las medidas que 
estime necesarias, para la aplicación de las disposiciones pertinentes de esta ley.

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