Fecha de Publicación: 30/09/1952
Página: 423-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 28

   La elección de los delegados del personal se efectuará bajo el contralor de la Corte Electoral, con la base del voto secreto y la representación proporcional.
   La Corte Electoral reglamentará todo lo pertinente a este acto 
eleccionario. Los miembros del Comisión Asesora durarán tres años en sus 
funciones, no pudiendo ser reelectos hasta pasados tres años desde la 
fecha de su cese. La elección se efectuará el último domingo del mes de 
enero de cada período.
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