MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
El Directorio en el término de 120 días a contar de la fecha de su instalación y de acuerdo con lo establecido en el apartado H) del artículo 7°, proyectará el presupuesto de los ferrocarriles fusionados. Una vez aprobado dicho presupuesto se aplicará con retroactividad al día en que se produjo la fusión efectiva de los dos organismos actuales.Ayuda