Fecha de Publicación: 30/09/1952
Página: 423-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 55

   Hasta tanto se ponga en ejecución el plan de reajuste financiero a que
se refiere el inciso final del artículo 4° y el apartado B) del artículo 
7°, los déficit de explotación del servicio serán solventados por Rentas 
Generales.

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