MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
En los grados de Brigadier, Coronel y Teniente Coronel del Escalafón, el Poder Ejecutivo aplicará, si fuere necesario, el retiro administrativo conforme a lo establecido en el artículo N.o 333 de la Ley Orgánica Militar número 10.757, para producir el mínimo de vacantes que a continuación se establece: Brigadier, 1, cada dos años; Coronel, 2 cada año.Ayuda